lunes, 3 de noviembre de 2008

RECURSOS Y RECLAMOS ADMINISTRATIVOS.

Casos prácticos- PRIMERA PARTE
Pautas:
- en caso de proceder la interposición de recursos, señalar todos los posibles, aclarando si se trata de recursos optativos u obligatorios para el agotamiento de la vía administrativa.
- Indicar, en cada caso, el plazo de interposición y quién debe resolverlo.

Caso 1:
El Departamento Liquidaciones de Sueldos del Ministerio de Justicia omite abonar al empleado Z la bonificación por “antigüedad en el cargo” que integra su salario.

Caso 2:
La División Contrataciones de la Dirección Nacional de Vialidad (ente autárquico) dicta un acto rescindiendo un contrato celebrado con la empresa H.

Caso 3:
El Ministro de Salud impone una sanción al Laboratorio T.

Caso 4:
El Jefe del Departamento Personal de la AFIP deniega mediante acto administrativo un pedido de licencia formulado por el empleado X.

Caso 5:
A los seis meses de haber sido notificada en legal forma de una sanción impuesta por el Secretario de Agricultura del Ministerio de Economía, la empresa agrícola B lo consulta sobre el curso a seguir.

Caso 6:
La Secretaría de Vivienda del Ministerio de Infraestructura y Vivienda emite un acto administrativo adjudicando la construcción de viviendas a la firma “A”. La empresa “B”, que fue oferente en la licitación, lo consulta sobre el trámite a seguir para impugnar la adjudicación.


Caso 7:
La Secretaría de Producción del Ministerio de Economía omitió abonar un subsidio oportunamente acordado a la firma “Promosur S.A.”. La empresa interpuso un reclamo administrativo previo. Transcurridos 90 días, interpuso un pronto despacho. Desde la interposición del “pronto despacho” al día de la consulta, transcurrió un año y nueve meses. La empresa quiere una opinión jurídica en punto a si es viable iniciar una acción judicial.



Casos prácticos- SEGUNDA PARTE

Recursos administrativos, reclamos, denuncia de ilegitimidad.
Casos Prácticos
Pautas:
- en caso de proceder la interposición de recursos, señalar todos los posibles, aclarando si se trata de recursos optativos u obligatorios para el agotamiento de la vía administrativa.
- Indicar, en cada caso, el plazo de interposición y quién debe resolverlo.
Caso 1:
El gerente de Control del BCRA aplica una multa a una entidad financiera. Esta acepta la legitimidad de la sanción, pero entiende que la multa es inoportuna porque la entidad atraviesa un difícil momento financiero.
¿Qué remedios podrá interponer?

Caso 2:
El Ministro del Interior dicta una resolución rebajando los sueldos de los empleados del Ministerio. ¿Cómo se ataca dicha resolución?

Caso 3:
El Ministro de Economía resuelve que no se haga efectiva la garantía del Estado por la no devolución de un plazo fijo que el Sr. Pérez tenía en el Banco privado XX. Pérez considera que esa decisión es ilegítima y quiere saber cuáles mecanismos tiene para atacarla.

Caso 4:
El Secretario de Exportaciones del Ministerio de Economía omitió abonar un reintegro por exportaciones, que le correspondía a la firma TT S.A. ¿Qué cursos puede seguir TT S.A.?

Caso 5:
El Ministro de Obras Públicas dictó un acto por el que ordena el desvío del desbordado Río X, para impedir que inunde un pueblo. El desvío implica que se inundarán los campos del Sr. R, quien acepta la legitimidad del acto, pero entiende que deben indemnizársele los perjuicios. ¿Cómo canaliza su pretensión?

Caso 6:
Idem que el caso anterior, pero aquí R. entiende que el acto que ordena el desvío del río es ilegítimo.

Caso 7:
Idem que el caso anterior, pero a R se le vencieron los plazos para presentar el recurso pertinente.

Caso 8:
Al resolver la presentación que R efectuó en el caso 7, la Administración la acepta formalmente, pero la rechaza en lo que hace al fondo de la cuestión.

Caso 9:
Al resolver la presentación que R efectuó en el caso 7, la Administración la rechaza, por entender que están excedidas razonables pautas temporales.



Caso 10:
Un particular presenta un reclamo administrativo que es resuelto expresamente por el Ministro de Justicia, denegándose la diferencia salarial que por aquél se pretendía. En oportunidad de notificarse, manifiesta hacerlo "en disconformidad, por ser el acto contrario a derecho". Transcurridos 150 días hábiles judiciales desde que le fuera notificada la resolución expresa del reclamo, interpone una acción reclamando la diferencia salarial en cuestión ¿está habilitada la vía judicial?